La Sociedad para el Desarrollo de Cantabria, SODERCAN, dependiente de la Consejería de Industria, Empleo, Innovación y Comercio ha lanzado, el pasado 17 de julio, un programa de asesoramiento especializado para empresas de reciente creación en tres áreas funcionales estratégicas: transformación digital, gestión económica y financiera, y marketing y gestión comercial.
Atendiendo al área de transformación digital del programa, la persona beneficiaria (empresas o personal autónomo), recibirá asesoramiento individualizado y gratuito, por expertos externos asignados por Sodercan, en las instalaciones de la empresa o autónomo participante, durante un total de 15 horas por empresa. Para la realización de este plan se realizará el estudio e implantación de procedimientos que garanticen el éxito en el trabajo y el mejor aprovechamiento, si cabe, de los recursos de la empresa, con el objeto de que este redunde en un mejor acceso a clientes y a nuevas oportunidades de negocio, ahorro de costes, y un aumento en la satisfacción del cliente, con procesos más rápidos y una mejora en la comunicación directa y omnicanal.
Los destinarios de este programa son:
- Empresas (Pymes) o trabajadores/as autónomos/as, cualquiera que sea su forma jurídica, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud, y sean titulares en Cantabria de una actividad económica. Para el caso de sociedades la fecha de constitución y el inicio de actividad elegible a desarrollar deberá ser posterior al 1 de enero de 2020 (incluido).
- Empresarios/as individuales (autónomos/as), la actividad elegible a desarrollar deberá haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2020 (incluido).
- Empresas de nueva creación que dispongan de NIF y estén dadas de alta en la Seguridad Social en el momento de presentar la solicitud.
Al presente programa podrán dirigirse aquellos solicitantes que cumplan las condiciones indicadas y cuya actividad a desarrollar, reflejada en su certificado censal emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), se encuadre en un epígrafe del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) de los que aparecen recogidos en el Anexo I de las Bases del Programa.
Quedan expresamente excluidas del presente programa:
· Las actividades basadas exclusivamente en ecommerce.
· Las actividades en régimen de franquicia.
· Las empresas/entes públicos.
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El plazo para poder acceder a este programa finalizará el 18 de diciembre de 2023
Fuente: Sodercan