Subvenciones del programa de Emprecan Plus 

12/06/2023

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, para el año 2023 la línea de subvenciones del Programa Emprecan Plus, promovido por SODERCAN.

El programa Emprecan Plus se divide en cuatro líneas de ayudas que cubren gastos de constitución (registro, notaría y asesoría), gastos de puesta en marcha (alquiler, registro de marcas y patentes, diseño de imagen corporativa y página web, prototipos, acreditaciones, plan de marketing, etc); activos fijos (maquinaria, bienes de equipo, mobiliario, ordenadores, propiedad industrial, aplicaciones informáticas, plataformas ecommerce, etc); y formación especializada (enseñanza formal en habilidades técnicas empresariales).

 

Personas Beneficiarias:

Podrán tener la condición de personas beneficiarias las empresas o trabajadores/as autónomos/as, cualquiera que sea su forma jurídica, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud, y sean titulares en Cantabria de una actividad económica.

Para el caso de sociedades la fecha de constitución y el inicio en la actividad elegible a desarrollar deberá ser posterior al 1 de julio de 2021

En el caso de empresarios/as individuales (autónomos/as), la actividad elegible a desarrollar deberá haberse iniciado con posterioridad al 1 de julio de 2021

 

Conceptos que son susceptibles de ayuda:

Entre los conceptos que son susceptibles de ayuda y que puedes consultar en SODERCAN destacamos en esta sección de clickruralpyme por estar vinculados a digitalización lo siguientes:

Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha.

Los gastos considerados como elegibles deberán estar relacionados, entre otros, con alguno de los siguientes conceptos:

  • Diseño de la página web corporativa con un límite del importe considerado elegible por este concepto de 2.500 €.
  • Los aspectos al plan de marketing asociados al empleo de internet y nuevas tecnologías (posicionamiento SEM/SEO y Community Manager) con un límite del importe considerado elegible por este concepto de 6.000 €. Únicamente serán elegibles 12 mensualidades.
  • La contratación de servicios mediante el modelo SaaS (Software as a Service) para aplicaciones informáticas. Únicamente serán elegibles un máximo de 12 mensualidades por aplicación.

Línea 4. Activos Fijos.

  • Inmovilizado material:
    • Equipos para el proceso de la información: Ordenadores y demás conjuntos electrónicos utilizados expresamente para la actividad elegible.
  • Inmovilizado inmaterial:
    • Aplicaciones informáticas.
    • Desarrollo de plataformas software (ecommerce, educativas…) con un límite del importe considerado elegible por este concepto de 5.000 €.

 

Cuantía

La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos subvencionables será la señalada a continuación para cada línea, con una ayuda máxima para todos los gastos subvencionables de 55.100 € por empresa:

Línea 1. Formación Continua Especializada: del 60% de los gastos considerados como elegibles, con una ayuda máxima de 2.100 € por empresa.

Línea 2. Gastos de Constitución: del 100% de los gastos considerados como elegibles con un límite de ayuda de 500 € por empresa.

Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha: del 60% de los gastos considerados como elegibles con una ayuda máxima de 15.000 € por empresa.

Línea 4. Activos Fijos: del 50% de los gastos considerados como elegibles con una ayuda máxima de 37.500 € por empresa.

Plazo

Las solicitudes de subvención deberán presentarse desde el día de la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial de Cantabria y hasta las 23:59 horas del 31 de agosto de 2023 en caso de presentarlas de forma telemática o hasta las 14:00 horas del día 31 de agosto de 2023, en el caso de hacerlo de forma presencial. La solicitud deberá contar con toda la documentación determinada en la presente convocatoria, entre la que se incluye la justificación de las actuaciones realizadas y ejecutadas en el momento de la solicitud.

Podrán ser subvencionables los gastos que se realicen desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de agosto de 2023. En todo caso, todos los conceptos deberán estar facturados, pagados y ejecutados íntegramente en el momento de la presentación de la solicitud.

 

Organismo ResponsableSODERCAN. Tfno.: 942 29 00 03

Observaciones:

Publicación en Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) Código: 698967

Enlace BDNS: https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/698967

Enlace BOC: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=390061

 

 

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